Acciones y negociaciones para el reconocimiento del daño patrimonial y no patrimonial — daño biológico, moral y existencial — con un enfoque técnico en su cuantificación.
Asistimos al perjudicado en todas las fases, desde la reclamación extrajudicial hasta el juicio de instancia y la apelación.
Asistencia en la reclamación de indemnización del daño emergente — las pérdidas económicas efectivamente sufridas — y del lucro cesante, es decir, la ganancia dejada de obtener. Reconstrucción documental de las partidas de daño, con el apoyo de asesores contables y fiscales cuando sea necesario.
Defensa del perjudicado en las acciones indemnizatorias ex art. 2059 c.c., respecto de todos los perjuicios no susceptibles de valoración económica directa. Enfoque unitario pero personalizado, en línea con la orientación consolidada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en Pleno (Cassazione a Sezioni Unite).
Cuantificación del daño a la salud — temporal y permanente — sobre la base de las Tablas de Milán, con solicitud de personalización ante circunstancias particulares del caso concreto. Gestión integrada con el médico forense de parte para la correcta valoración porcentual.
Reconocimiento del sufrimiento psíquico padecido por el perjudicado, a valorar conforme a los criterios elaborados por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Especial atención a la documentación del perjuicio interior, a menudo decisiva para el incremento porcentual respecto del daño biológico base.
Defensa frente al perjuicio consistente en la alteración de los hábitos de vida y en el trastorno de la cotidianidad del perjudicado. Reconstrucción puntual de la vida de relación antes y después del siniestro, con recopilación de pruebas testificales y documentales.
Asistencia completa en las reclamaciones de indemnización ex art. 2054 c.c., con gestión del procedimiento de indemnización directa previsto por el Código de Seguros (Codice delle Assicurazioni). Reconstrucción de la dinámica, análisis del parte amistoso (CID), gestión de las relaciones con las compañías y acción judicial en caso de impugnación.
Defensa del trabajador accidentado frente a la responsabilidad del empresario ex art. 2087 c.c., con acción de resarcimiento del daño diferencial respecto de la indemnización del INAIL. Comprobación del cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y de la evaluación de riesgos.
Acciones de indemnización de los daños causados por incumplimiento de prestadores de obra intelectual y de obra — abogados, asesores fiscales, notarios, proyectistas, técnicos — con valoración de la diligencia cualificada exigida por el art. 1176, párrafo 2, c.c.
Acciones contra la Administración Pública por los daños derivados de cosas bajo custodia ex art. 2051 c.c.: baches, deterioros del firme, falta de señalización de peligros. Especial atención a la carga probatoria y a la reconstrucción del nexo causal.
Gestión directa de la fase extrajudicial con las compañías aseguradoras, con redacción de reclamaciones de indemnización documentadas y valoración de las ofertas. En caso de no alcanzarse acuerdo, ejercicio del juicio de instancia y de los posteriores recursos.
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